En medio de la emergencia económica, social y ambiental provocada por las fuertes lluvias que golpearon varias regiones del país, el gobierno del presidente Gustavo Petro anunció este jueves un nuevo paquete de medidas tributarias y presupuestales que busca aumentar el recaudo nacional para atender la crisis, pero que ya empieza a generar polémica por incluir tributos que en el pasado fueron rechazados por la justicia constitucional.
Las medidas fueron oficializadas mediante siete decretos firmados por el mandatario y su gabinete, en el marco del estado de excepción declarado previamente por el Gobierno para enfrentar los estragos causados por las inundaciones en regiones del norte y occidente del país.
Uno de los puntos más controvertidos está contenido en el Decreto 240 del 12 de marzo, que establece un impuesto a los juegos de suerte y azar operados por internet.
La norma señala que la operación, explotación y provisión de servicios, plataformas tecnológicas o soluciones de software vinculadas a juegos en línea solo podrán ser desarrolladas por personas jurídicas que cuenten con autorización y contrato de concesión vigentes otorgados por la autoridad competente.
La medida también regula la intermediación de pagos, el aseguramiento de transacciones y la promoción o publicidad de estas plataformas digitales.
A través del Decreto 241, el Gobierno aprobó una adición presupuestal de 8,6 billones de pesos, recursos que serán destinados a enfrentar la emergencia provocada por las lluvias en siete departamentos: Córdoba, Sucre, Magdalena, La Guajira, Bolívar, Antioquia y Chocó.
Los recursos estarán dirigidos principalmente a reconstrucción de viviendas, infraestructura pública y recuperación de bienes afectados por las inundaciones.
En el Decreto 242, el Ejecutivo determinó que los prestadores del servicio público domiciliario de gas combustible por redes de tubería no podrán realizar cobros ni facturación a los usuarios cuyos inmuebles hayan resultado afectados por la emergencia.
La facturación solo podrá reanudarse cuando los inmuebles recuperen las condiciones necesarias de funcionamiento y se garantice la prestación segura del servicio.
El Decreto 243 otorga facultades a corporaciones político-administrativas territoriales para reorientar rentas de destinación específica que no tengan carácter constitucional, con el fin de destinar recursos a la atención de la emergencia.
Además, aclara que gobernadores y alcaldes de las zonas afectadas podrán realizar adiciones, modificaciones y traslados presupuestales necesarios para ejecutar los recursos destinados a enfrentar la crisis.
Por su parte, el Decreto 244 establece instrumentos de garantía de crédito para promover la financiación de unidades productivas afectadas por las inundaciones y la emergencia climática.
Entre tanto, el Decreto 245 adopta medidas extraordinarias de carácter presupuestal y de focalización a cargo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, con el objetivo de ampliar programas de asistencia y mitigar los efectos del fenómeno climático en las poblaciones más vulnerables.
Finalmente, el Decreto 246 define el procedimiento para la devolución del Impuesto sobre las Ventas (IVA) y del Impuesto Nacional al Consumo a diplomáticos, organismos internacionales y misiones consulares acreditadas en el país.
Aunque el Gobierno defiende las medidas como necesarias para enfrentar la emergencia, expertos advierten que algunos de los tributos incluidos en los decretos fueron rechazados en el pasado por la Corte Constitucional, lo que podría abrir un nuevo debate jurídico sobre los límites del Estado de Emergencia y el alcance de las facultades tributarias del Ejecutivo.
Mientras tanto, el paquete fiscal marca un nuevo capítulo en la estrategia del Gobierno para enfrentar la crisis climática y financiera derivada de las inundaciones, en medio de un clima político cada vez más tenso en Colombia.
