• 23 agosto, 2026 7:29 am

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“El estadio no era para fiestas”: condenan al exalcalde Andrés Hurtado y exgerente del Imdri por uso indebido del Manuel Murillo Toro.

La justicia encontró culpables al exalcalde de Ibagué y al exgerente del Imdri, Alejandro Ortiz, por el delito de peculado por uso, tras establecer que el principal escenario deportivo de la ciudad fue utilizado para celebrar un cumpleaños familiar.

El uso del Estadio Manuel Murillo Toro para una celebración privada terminó pasando una costosa factura judicial. El Juzgado Octavo Penal del Circuito de Ibagué declaró culpables al exalcalde Andrés Fabián Hurtado y al exgerente del Imdri, Alejandro Ortiz, por el delito de peculado por uso, al considerar que emplearon un bien público para fines particulares.

El fallo acogió la tesis de la Fiscalía General de la Nación, que durante el juicio sostuvo que ambos exfuncionarios dispusieron de la infraestructura del estadio y de recursos oficiales para organizar el cumpleaños del hijo menor del entonces mandatario, ocurrido el 6 de marzo de 2021.

Aunque la responsabilidad penal ya fue definida, el juez anunció que será en una próxima audiencia cuando se determine la condena que deberán cumplir los procesados.

Una celebración que terminó en los estrados judiciales

De acuerdo con la investigación, el evento fue mucho más que un encuentro familiar. La Fiscalía demostró que el estadio fue acondicionado para desarrollar una jornada recreativa privada que incluyó un partido de fútbol organizado especialmente para el homenajeado.

Durante el proceso se acreditó que el compromiso contó con una terna arbitral del Colegio de Árbitros del Tolima, narración deportiva y camisetas personalizadas con el nombre y el número del hijo del exalcalde. Incluso, el partido fue detenido en el minuto 13 para que los asistentes le cantaran el cumpleaños.

La celebración continuó posteriormente en el camerino sur del Manuel Murillo Toro, utilizado habitualmente por el Deportes Tolima, donde fueron instaladas decoraciones y se ofrecieron alimentos y bebidas a los invitados.

La decisión del juez

En su análisis, el despacho concluyó que el escenario deportivo dejó de cumplir temporalmente su finalidad pública para ser destinado al disfrute de una actividad privada, conducta que encaja en el delito de peculado por uso.

El juez otorgó plena validez a las pruebas documentales, testimoniales y audiovisuales presentadas por la Fiscalía, concluyendo que existió una utilización indebida de un bien perteneciente al Estado en beneficio de intereses particulares.

Un fallo con impacto político

La decisión representa uno de los procesos judiciales más relevantes derivados de la administración de Andrés Hurtado y podría tener consecuencias sobre su futuro político, una vez quede en firme la sentencia y se conozca la pena que será impuesta.

Con esta determinación, la justicia envía un mensaje sobre los límites en el uso de los bienes públicos y la responsabilidad de los servidores públicos frente a los recursos del Estado, dejando claro que estos no pueden ser destinados para satisfacer intereses personales o familiares.

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