Alto tribunal insiste en que las medidas del proceso de paz deben cumplir requisitos legales y compromisos internacionales.
La Corte Suprema de Justicia y la Sala de Casación Penal manifestaron su respaldo al criterio expuesto por la Fiscal General de la Nación mediante la Resolución 142 del 11 de mayo de 2026, relacionada con la implementación de las Zonas de Ubicación Temporal en el marco del proceso de paz en Colombia.
A través de un comunicado oficial, las altas autoridades judiciales señalaron que comparten los planteamientos de la Fiscalía, especialmente en lo referente a la necesidad de verificar previamente el cumplimiento de todos los condicionamientos legales antes de adoptar medidas dentro de estos procesos.
La Corte enfatizó que cualquier decisión relacionada con las Zonas de Ubicación Temporal debe estar sustentada en información “suficiente y verificable”, garantizando así el respeto por el orden jurídico y los principios establecidos en los acuerdos y mecanismos de paz.
Asimismo, el alto tribunal llamó la atención sobre la importancia de mantener el respeto por los compromisos internacionales del Estado colombiano en materia de cooperación judicial, aspecto que consideran fundamental para preservar la legitimidad y la seguridad jurídica del proceso.
En el comunicado, firmado por Iván Mauricio Lenis Gómez, presidente de la Corte Suprema de Justicia, y Carlos Roberto Solórzano Garavito, presidente de la Sala de Casación Penal, se indicó que la Corte permanecerá atenta a la adecuada implementación de estos procedimientos, en su calidad de tribunal de cierre de la jurisdicción ordinaria.
Con esta posición, la Corte Suprema y la Fiscalía General evidencian una postura conjunta frente a la necesidad de fortalecer los controles legales y judiciales en las acciones relacionadas con la política de paz y sometimiento en el país.
