La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) confirmó, a través de la Resolución 20777 del 15 de abril de 2025, la sanción impuesta a la empresa GRUPO COSSIO S.A.S por incurrir en prácticas de publicidad engañosa en la promoción del curso digital conocido como “Método Cossio”. La multa asciende a $813.002.240.
La entidad reguladora concluyó que la empresa vulneró los derechos de los consumidores al presentar afirmaciones objetivas en sus piezas publicitarias, que inducían a error sobre los beneficios económicos que podían obtenerse al adquirir el curso. Según la SIC, se prometían resultados significativos en tan solo cinco meses y la recuperación inmediata de la inversión inicial, incluso con la publicación de un solo video.
Entre las expresiones analizadas por la Superintendencia se destacan frases como: “¿Qué van a pensar ustedes ya en cinco meses? Cuando todos los que sí compraron el curso estén tapados en seguidores, en plata” o “eso lo pueden librar literalmente con su primer video”. Para la entidad, estos mensajes constituyen afirmaciones objetivas con un alto poder de persuasión, que podían llevar al consumidor racional a tomar decisiones económicas bajo supuestos irreales.
La estrategia publicitaria también incluyó de manera central al influenciador Yefferson Cossio, cuya experiencia personal y éxito en redes sociales fueron utilizados como respaldo del producto. Según la SIC, se transmitió el mensaje de que los logros económicos del influenciador eran fácilmente replicables por cualquier persona que comprara el curso.
Con esta decisión, la Superintendencia de Industria y Comercio enfatiza la importancia de proteger a los consumidores, en especial en el entorno digital, donde los contenidos patrocinados por influenciadores pueden tener un fuerte impacto en las decisiones de compra. “La SIC del Cambio” reafirma así su compromiso con una publicidad responsable, transparente y ajustada a la realidad.

