• 23 agosto, 2026 8:07 am

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Hoy 21 de marzo, día de la Música Colombiana.

Hoy en el Tolima celebra a lo grande el día Nacional de la Música Colombiana, hecho que se convierte en una invitación para todo el país, en el marco de la Ley 851 del 2003, que declara este certamen como Patrimonio Cultural y Artístico de la Nación y sienta esta fecha como una forma de incentivar y fomentar el amor por nuestras propias expresiones musicales.

Liderado por la Fundación Musical de Colombia dentro de la programación de la versión número 38°de este Festival, el tributo a las músicas de la patria se concentrará en Ibagué y dos municipios del suroccidente y del norte del Tolima, siendo estos Chaparral y Honda.

En Ibagué la celebración será por partida doble, pues junto con la celebración del Día de la Música se cumplirá el 6° Encuentro Departamental de Duetos “Silva y Villalba” en las categorías de Semilleros y Mayores. El epicentro es la Plaza de Bolívar, con dos jornadas de presentaciones que inician a las 10:00 a.m. y a las 3:00 p.m. Allí darán muestra de talento agrupaciones de Ibagué, Espinal y Mariquita.

¿POR QUÉ SE CELEBRA EL DÍA DE LA MÚSICA COLOMBIANA?

LEY 851 DE 2003 (noviembre 19)

Por medio de la cual la República de Colombia rinde homenaje a la música colombiana, se declara patrimonio cultural y artístico de la Nación al Festival Nacional de la Música Colombiana y Concurso Nacional de Duetos “Príncipe de la Canción”, de la fundación musical de Colombia y al Festival Folclórico Colombiano; con sede en Ibagué, departamento del Tolima y se dictan otras disposiciones.

El Congreso de Colombia, decreta:

Artículo 1º. Declárese el día 21 de marzo como día Nacional de la Música Colombiana.

Parágrafo. Para tal efecto el Gobierno Nacional, departamental y municipal, rendirán en cada región, tributo a los compositores e intérpretes de la música vernácula y expresarán público reconocimiento a su vida y obra, al igual que se divulgarán por los diferentes medios de comunicación sus respectivos aires musicales.

Artículo 2º. Declárense patrimonio cultural y artístico de la Nación al Festival Nacional de la Música Colombiana y Concurso Nacional de Duetos “Príncipe de la Canción” que realiza la fundación musical de Colombia, y al Festival Folclórico Colombiano; con sede en Ibagué departamento del Tolima.

Artículo 3º. La Nación a través del Ministerio de Cultura contribuirá al fomento, internacionalización, promoción, protección, divulgación, financiación y desarrollo de los valores culturales que se originan alrededor de nuestra identidad musical.

Artículo 4º. La República de Colombia honra y exalta la memoria de Darío Garzón y Eduardo Collazos, eximios intérpretes de la música colombiana y hace público reconocimiento a la Fundación Musical de Colombia de la ciudad de Ibagué, departamento del Tolima.

Artículo 5º. La presente ley rige a partir de su promulgación.

El Presidente del honorable Senado de la República, Germán Vargas Lleras.

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