• 23 agosto, 2026 11:56 am

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Tribunal absuelve a Álvaro Uribe: sin pruebas, sin dolo y sin delito.

El Tribunal Superior de Bogotá tumbó la condena contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por el delito de soborno en actuación penal, al concluir que no existían pruebas que lo vincularan directa o indirectamente con la supuesta compra de testigos. La decisión desmonta por completo el fallo de primera instancia y deja claro que no hubo dolo, no hubo instigación y no hubo delito.

El magistrado Manuel Antonio Merchán fue enfático: el tribunal halló errores jurídicos graves en la sentencia previa, especialmente en la aplicación del dolo eventual como base de la condena, una figura inaplicable para el delito de determinación penal.

“La figura exige dolo directo, no simples suposiciones ni inferencias sin sustento. La sentencia de primera instancia incurrió en un yerro dogmático”, afirmó Merchán.

Uno de los puntos más contundentes del fallo es la inexistencia de evidencia que conecte a Uribe con pagos al testigo Carlos Enrique Vélez Ramírez. El propio testigo reconoció que desconocía el origen del dinero recibido, y jamás mencionó al expresidente como responsable. Tampoco lo hicieron los abogados Diego Cadena ni Juan José Salazar.

La Sala también rechazó que frases genéricas como “que digan la verdad” puedan ser interpretadas como órdenes para inducir falsedades.

El tribunal dejó sin piso la hipótesis de que Uribe hubiera instruido a sus abogados para manipular testigos. Las interceptaciones telefónicas analizadas solo muestran que los abogados informaban sobre gestiones ya realizadas. No hay rastro de órdenes, presión o subordinación penalmente relevante por parte del exmandatario.

“No existe prueba de instrucción alguna. Las comunicaciones interceptadas no demuestran conducta delictiva, ni relación funcional que sustente la determinación penal”, sentenció el tribunal.

En la misma decisión, el Tribunal absolvió a Eurídice Cortés Velasco, alias ‘Diana’, tras determinar que no se comprobaron los elementos del delito imputado. Según el fallo, la acusación se basó en versiones antiguas y contradictorias, y nunca logró demostrar que Uribe hubiera inducido la grabación de un video con contenido falso.

La Sala recalcó que Cortés actuó con autonomía, sin guión ni motivación económica. Incluso destacó que el video que fue pieza clave en la acusación se grabó meses antes de las interceptaciones usadas como supuesta evidencia.

El fallo del Tribunal Superior representa un golpe certero a las bases del caso que durante años ha perseguido judicialmente al expresidente. La absolución no sólo es un triunfo legal para Uribe, sino también un duro llamado de atención sobre los estándares de prueba y la rigurosidad que exige el derecho penal.

Además, la Sala ordenó compulsar copias para que se investigue el actuar de quienes construyeron una acusación sin sustento sólido.

Con este fallo, Álvaro Uribe Vélez queda absuelto del delito de soborno en actuación penal y, por ahora, fuera del alcance de una de las causas más controversiales que ha enfrentado en su carrera política y personal.

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