• 21 agosto, 2026 10:28 pm

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Se acaba la “prima dorada” del Congreso: Gobierno tumba beneficio salarial y desata pulso político en el Capitolio.

En una decisión que sacude al poder legislativo y reaviva el debate sobre los privilegios de la clase política, el Gobierno nacional expidió el Decreto 0030 del 19 de enero de 2026, con el que deroga el Decreto 2170 de 2013 y elimina la prima especial de servicios que durante más de una década engrosó el salario de los miembros del Congreso de la República.

La medida, firmada por el presidente de la República, el ministro de Hacienda y Crédito Público y la directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, tendrá efectos fiscales a partir del 20 de julio de 2026, fecha en la que se posesionará el próximo Congreso. Es decir, los actuales congresistas no se verán afectados, pero quienes lleguen al Capitolio después de esa fecha ya no recibirán este beneficio.

El decreto derogado había reemplazado las antiguas primas de salud, localización y vivienda por una prima especial de servicios, que en su creación equivalía a $7.898.445, reajustable cada año en el mismo porcentaje del salario básico y considerada factor salarial para liquidar otras prestaciones. En la práctica, se convirtió en uno de los símbolos más visibles de los altos ingresos del Congreso.

Con el nuevo decreto, esa prima desaparece del esquema salarial para los congresistas que se posesionen desde julio de 2026, en lo que el Gobierno presenta como una decisión de austeridad, equidad y responsabilidad fiscal.

El Ejecutivo justificó la decisión señalando que la evolución del marco normativo y la realidad económica del país obligan a revisar los componentes del régimen remuneratorio del Congreso. El texto enfatiza principios como la sostenibilidad fiscal, la racionalidad del gasto público y la transparencia, en un contexto de estrechez presupuestal y profundas desigualdades sociales.

Aunque la Constitución protege los derechos adquiridos y prohíbe el desmejoramiento salarial de los servidores públicos, el decreto aclara que esta prohibición no es absoluta. El Gobierno cita jurisprudencia de la Corte Constitucional, según la cual es posible imponer límites legítimos a ciertos derechos sociales cuando existen razones constitucionalmente válidas.

En ese sentido, se advierte que la derogatoria no desconoce derechos adquiridos, sino que redefine el esquema salarial hacia el futuro, bajo el argumento de que la remuneración de los congresistas resulta desproporcionada frente al ingreso promedio de los colombianos y a la situación fiscal del país.

Otro punto que avivó la controversia es que el decreto recuerda que la labor de congresista no está clasificada como de alto riesgo y que los parlamentarios cuentan con cobertura integral del Sistema General de Seguridad Social, tanto en salud como en riesgos laborales. Este hecho, según el Gobierno, resta justificación a la existencia de primas adicionales.

Asimismo, se insiste en que el reajuste salarial previsto en el artículo 187 de la Constitución no debe aplicarse de manera automática y uniforme, especialmente en los niveles más altos de ingreso del Estado.

El decreto establece con claridad que:

  • Se deroga expresamente el Decreto 2170 de 2013.
  • Los efectos fiscales aplican desde el 20 de julio de 2026.
  • El Departamento Administrativo de la Función Pública será la única autoridad competente para conceptuar sobre el régimen salarial y prestacional, cerrando la puerta a interpretaciones de otras entidades.

Aunque el Gobierno presenta la medida como un paso hacia la austeridad y la equidad, en los pasillos del Capitolio ya se anticipa un choque político. Para algunos, se trata de un gesto simbólico que llega tarde; para otros, de una señal peligrosa que abre la puerta a futuras reducciones.

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