• 22 agosto, 2026 8:10 am

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Puente fantasma deja otra deuda: sancionan con $690 millones a contratistas por violar derechos laborales en Ibagué.

El escándalo del llamado “puente fantasma” de la calle 60 en Ibagué suma un nuevo capítulo, esta vez con un fuerte golpe desde el Estado: el Ministerio del Trabajo de Colombia confirmó graves vulneraciones a los derechos laborales y sancionó con $690 millones al Consorcio Puente Carrera Quinta.

La decisión, que cierra más de dos años de denuncias, deja al descubierto un patrón de incumplimientos sistemáticos contra trabajadores que participaron en una de las obras más cuestionadas de la ciudad. Al menos cinco extrabajadores denunciaron que dejaron de recibir ingresos desde septiembre de 2023, sin obtener respuesta alguna.

La investigación determinó que el consorcio —integrado por Olaguer Agudelo Prieto, BGDSA S.A.S, Mineros e Ingenieros S.A.S y Megaobras Infraestructuras S.A.S— incurrió en seis faltas laborales graves, entre ellas el no pago de salarios, la omisión de prestaciones sociales como cesantías, intereses y primas, el incumplimiento de vacaciones y la falta de aportes a pensión.

Según la autoridad laboral, cinco de los cargos fueron plenamente probados, mientras que el sexto también fue acreditado, aunque con menor impacto sancionatorio. “Las conductas afectan el mínimo vital de los trabajadores”, concluyó la inspección.

Uno de los aspectos más delicados del caso fue la actitud del consorcio. De acuerdo con el expediente, los requerimientos del Ministerio para presentar soportes de pago fueron ignorados sistemáticamente. Además, los representantes legales fueron citados a declarar y no comparecieron, conducta que fue considerada como agravante en la sanción.

En medio del proceso, Megaobras Infraestructuras S.A.S intentó desligarse de la responsabilidad alegando que no tenía relación laboral directa con los trabajadores. Sin embargo, el Ministerio fue tajante: en los contratos de consorcio, todos los integrantes responden solidariamente por las obligaciones, incluidas las laborales.

También se desestimaron intentos de justificar una supuesta cesión de participación dentro del consorcio, reiterando que este tipo de acuerdos no exime responsabilidades frente a terceros.

Los denunciantes —María Angélica Tinoco, Laura Alejandra Useche, Jaime Barragán, Didier Arango y Alexander Canizales— relataron que, tras suspensiones de obra, despidos o renuncias, nunca recibieron los pagos correspondientes. En algunos casos, los vínculos laborales ni siquiera estaban formalizados por escrito, pero fueron reconocidos con base en pruebas y testimonios.

El caso revela una paradoja alarmante y es que aunque el Estado impuso una millonaria sanción, los trabajadores siguen sin ver un solo peso. La multa no se destina a saldar las deudas laborales, sino que ingresa a fondos estatales, dejando a las víctimas en una especie de limbo jurídico y económico.

El consorcio tendrá 15 días hábiles para pagar la multa tras su notificación y podrá interponer recursos de reposición y apelación. Sin embargo, para los extrabajadores, la realidad es otra: después de más de dos años, continúan esperando justicia efectiva y el pago de sus salarios.

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