La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, en decisión emitida por el magistrado Juan Carlos Granados Becerra, resolvió archivar la investigación disciplinaria seguida contra los magistrados Carlos Orlando Velásquez Murcia, Mónica Jimena Reyes Martínez y Amparo Emilia Peña Mejía, quienes pertenecen a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Ibagué.
La investigación se inició tras una queja presentada por la abogada María Juliana Obando Asaf, apoderada del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y del presidente de Colombia, sobre presuntas irregularidades en un proceso de desacato relacionado con la acción de tutela radicada bajo el número 73001-22-05-000-2020-00091-03.
El desacato, que fue conocido en primera instancia por la Sala Quinta de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Ibagué, involucraba al presidente de la República como incidentado. Según la queja, los magistrados sancionaron al presidente no solo con una multa pecuniaria, sino que también ordenaron una detención, lo cual fue calificado como una acción ilegal al considerarse que los magistrados no eran el juez natural para tomar tal decisión.
Sin embargo, tras analizar el caso, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial concluyó que no había lugar a sancionar a los magistrados y decidió archivar el proceso. En su resolución, la Comisión recordó que las decisiones judiciales deben respetar las disposiciones constitucionales y los pronunciamientos de las Altas Cortes, pero consideró que en este caso no se configuraba falta disciplinaria.
La resolución, que fue aprobada en sesión No. 019 de la Sub Sala de Instrucción, fue notificada el mismo día a las partes interesadas, quienes podrán presentar recurso de reposición conforme a lo establecido en la Ley 1952 de 2019, modificada por la Ley 2094 de 2021.
Este caso se convierte en un antecedente relevante sobre el alcance de las facultades judiciales en procesos de desacato, especialmente cuando se involucran altos funcionarios del gobierno nacional.