• 22 agosto, 2026 4:55 am

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Ibagué adopta medidas de orden público y seguridad con motivo de elecciones de Consejos Municipales de Juventud.


Con el objetivo de garantizar la tranquilidad, la seguridad y el orden público durante el desarrollo de las elecciones de los Consejos Municipales de Juventud que se llevarán a cabo el próximo domingo 19 de octubre, la Alcaldía de Ibagué expidió el Decreto 100-00630 del 17 de octubre de 2025, mediante el cual se adoptan medidas transitorias y preventivas en toda la ciudad.

El documento, firmado por la alcaldesa Johana Jimena Aranda Rivera y el secretario de Gobierno, Francisco José Espín Acosta, establece las siguientes disposiciones:

1. Ley seca

Se prohíbe el expendio y consumo de bebidas embriagantes en todas sus modalidades desde las 3:00 a.m. del domingo 19 de octubre hasta las 6:00 p.m. del mismo día. Esta medida busca evitar alteraciones al orden público y garantizar un ambiente tranquilo durante la jornada electoral.

2. Restricción al transporte de elementos riesgosos

Desde las 9:00 p.m. del sábado 18 de octubre hasta las 9:00 p.m. del domingo 19 de octubre, se prohíbe el transporte urbano de:

  • Cilindros de gas domiciliario.
  • Escombros y desechos.
  • Líquidos inflamables.
  • Trasteos (mudanzas).
    Esta medida aplica para todo tipo de vehículos, incluyendo camiones y volquetas.

3. Restricción a motocicletas con parrillero

Durante el mismo período (de 9:00 p.m. del sábado a 9:00 p.m. del domingo), se prohíbe la circulación de motocicletas con parrillero mayor de edad en el perímetro urbano de Ibagué, como medida preventiva frente a posibles disturbios o situaciones que alteren la jornada electoral.

4. Prohibición de uso y venta de pólvora

También queda prohibida la venta, transporte y uso de pólvora, fuegos artificiales y artículos pirotécnicos en toda la ciudad desde las 9:00 p.m. del sábado hasta las 9:00 p.m. del domingo.

5. Autoridades a cargo del control

La vigilancia y control del cumplimiento de estas disposiciones estará a cargo de la Policía Nacional y demás autoridades competentes, quienes tendrán la facultad de aplicar las medidas correctivas necesarias, según lo establecido en la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana).

6. Socialización del decreto

La Secretaría de Gobierno será la encargada de socializar estas medidas con la Fuerza Pública y demás entidades involucradas para garantizar su adecuada implementación y cumplimiento.

Estas disposiciones entran en vigencia a partir de su expedición, es decir, desde el 17 de octubre de 2025.

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