El Consejo de Estado decidió suspender de manera provisional una parte del Decreto 415 de 2026, mediante el cual el Gobierno del presidente Gustavo Petro había ordenado el traslado anticipado de recursos desde los fondos privados de pensiones hacia Colpensiones.
La medida fue adoptada por la Sección Segunda del alto tribunal, tras considerar que el decreto podría haber modificado aspectos esenciales de la legislación vigente sobre el sistema pensional, lo cual excedería las facultades reglamentarias del Ejecutivo.
De acuerdo con la decisión, la ley establece que los recursos de los afiliados deben permanecer en los fondos privados hasta que se cumplan las condiciones para el reconocimiento de la pensión. No obstante, el decreto suspendido contemplaba un traslado acelerado de los ahorros: el 50 % en un plazo máximo de 20 días y el resto en los 10 días siguientes.
El Consejo de Estado advirtió que la rapidez del proceso planteado por el Gobierno podía hacer ineficaz cualquier revisión judicial posterior, debido a que los recursos habrían sido transferidos antes de una decisión de fondo.
En su análisis, el alto tribunal concluyó que la norma cuestionada no se limitaba a reglamentar la ley, sino que introducía cambios sustanciales en su aplicación, especialmente en lo relacionado con el momento del traslado de los recursos pensionales, asunto que corresponde definir al Congreso de la República.
La decisión se produce en medio de una serie de acciones judiciales contra el decreto. Entre ellas, la presentada por Asofondos, que pidió su suspensión alegando posibles afectaciones al sistema financiero y al ahorro de los afiliados.
Los fondos privados han advertido que el traslado acelerado de aproximadamente 24,5 billones de pesos podría obligarlos a vender activos en condiciones desfavorables, lo que generaría riesgos para la estabilidad de los portafolios pensionales.
El proceso continuará en estudio por parte del Consejo de Estado, que deberá pronunciarse de fondo sobre la legalidad del decreto en una etapa posterior.
