• 22 agosto, 2026 8:20 am

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JEP cierra procesos contra 35 militares vinculados a falsos positivos y desata polémica por beneficios judiciales.

La decisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) de otorgar beneficios judiciales a 35 antiguos integrantes del Batallón de Infantería No. 14 Capitán Antonio Ricaurte (BIRIC), involucrados en casos de ejecuciones extrajudiciales conocidas como “falsos positivos”, vuelve a poner sobre la mesa uno de los capítulos más oscuros del conflicto armado colombiano y abre un nuevo debate sobre los alcances de la justicia transicional.

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas resolvió de manera definitiva la situación de los exmilitares, quienes participaron en asesinatos y desapariciones forzadas ocurridos entre 2003 y 2008 en Santander y Norte de Santander, hechos que posteriormente fueron reportados como supuestas bajas en combate contra grupos armados ilegales.

La decisión concede a los comparecientes la renuncia a la persecución penal, un beneficio que extingue la acción penal y disciplinaria por estos hechos y que implica el cierre definitivo de los procesos en su contra. Sin embargo, la JEP aclaró que la medida no representa una absolución automática, sino el resultado de un proceso en el que los comparecientes aportaron verdad, reconocieron responsabilidades y asumieron compromisos de reparación y no repetición.

Los casos dejaron al menos 11 víctimas directas en municipios como El Playón, Matanza, Lebrija, Sabana de Torres y Suratá, en Santander, así como en La Esperanza, Norte de Santander. La investigación determinó que los militares participaron en nueve ejecuciones extrajudiciales bajo dos modalidades criminales: la primera consistía en asesinar civiles previamente señalados por informantes o supuestas fuentes de inteligencia para luego presentarlos como guerrilleros abatidos; la segunda involucraba engañar a las víctimas con falsas ofertas de trabajo o actividades ilícitas remuneradas para posteriormente ejecutarlas y reportarlas como bajas operacionales.

Uno de los aspectos más controvertidos de la decisión radica en que, pese a la gravedad de los hechos, la JEP concluyó que ninguno de los 35 comparecientes tuvo un papel determinante dentro de la estructura criminal, razón por la cual no fueron considerados máximos responsables. Bajo ese criterio accedieron a los beneficios contemplados en el modelo de justicia transicional.

Durante el proceso, los exuniformados participaron en audiencias públicas donde entregaron versiones detalladas de los hechos, solicitaron perdón a las víctimas y reconocieron su participación en los crímenes. Según la Jurisdicción, estos aportes permitieron reconstruir los casos con un nivel de detalle superior al alcanzado por la justicia ordinaria e incluso revelar hechos que hasta ahora permanecían desconocidos.

Como parte de las medidas restaurativas, los beneficiarios deberán participar en actos públicos de reconocimiento de responsabilidad ante medios de comunicación de Santander y en actividades destinadas a reivindicar el buen nombre de las víctimas. Además, la JEP ordenó que no podrán reincorporarse a la fuerza pública en funciones operativas y dispuso la revocatoria de condecoraciones, reconocimientos e incentivos obtenidos por las operaciones ilegales.

La decisión también dejó una conclusión que contrasta con el resto de los hallazgos: uno de los hechos investigados dentro del expediente fue catalogado como una operación militar legítima y no como una ejecución extrajudicial.

Mientras las víctimas valoran los aportes de verdad y los compromisos de reparación, sectores críticos cuestionan que quienes participaron en uno de los escándalos más graves de violaciones a los derechos humanos en Colombia queden exentos de procesos penales. El fallo reaviva así el debate nacional sobre el delicado equilibrio entre justicia, verdad, reparación y reconciliación.

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