Con el objetivo de garantizar la tranquilidad, la seguridad y el orden público durante el desarrollo de las elecciones de los Consejos Municipales de Juventud que se llevarán a cabo el próximo domingo 19 de octubre, la Alcaldía de Ibagué expidió el Decreto 100-00630 del 17 de octubre de 2025, mediante el cual se adoptan medidas transitorias y preventivas en toda la ciudad.
El documento, firmado por la alcaldesa Johana Jimena Aranda Rivera y el secretario de Gobierno, Francisco José Espín Acosta, establece las siguientes disposiciones:
1. Ley seca
Se prohíbe el expendio y consumo de bebidas embriagantes en todas sus modalidades desde las 3:00 a.m. del domingo 19 de octubre hasta las 6:00 p.m. del mismo día. Esta medida busca evitar alteraciones al orden público y garantizar un ambiente tranquilo durante la jornada electoral.
2. Restricción al transporte de elementos riesgosos
Desde las 9:00 p.m. del sábado 18 de octubre hasta las 9:00 p.m. del domingo 19 de octubre, se prohíbe el transporte urbano de:
- Cilindros de gas domiciliario.
- Escombros y desechos.
- Líquidos inflamables.
- Trasteos (mudanzas).
Esta medida aplica para todo tipo de vehículos, incluyendo camiones y volquetas.
3. Restricción a motocicletas con parrillero
Durante el mismo período (de 9:00 p.m. del sábado a 9:00 p.m. del domingo), se prohíbe la circulación de motocicletas con parrillero mayor de edad en el perímetro urbano de Ibagué, como medida preventiva frente a posibles disturbios o situaciones que alteren la jornada electoral.
4. Prohibición de uso y venta de pólvora
También queda prohibida la venta, transporte y uso de pólvora, fuegos artificiales y artículos pirotécnicos en toda la ciudad desde las 9:00 p.m. del sábado hasta las 9:00 p.m. del domingo.
5. Autoridades a cargo del control
La vigilancia y control del cumplimiento de estas disposiciones estará a cargo de la Policía Nacional y demás autoridades competentes, quienes tendrán la facultad de aplicar las medidas correctivas necesarias, según lo establecido en la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana).
6. Socialización del decreto
La Secretaría de Gobierno será la encargada de socializar estas medidas con la Fuerza Pública y demás entidades involucradas para garantizar su adecuada implementación y cumplimiento.
Estas disposiciones entran en vigencia a partir de su expedición, es decir, desde el 17 de octubre de 2025.



