La Fiscalía General de la Nación declaró que el asesinato del senador y precandidato presidencial Miguel Uribe Turbay constituye un crimen de lesa humanidad, una decisión que marca un hito en las investigaciones y garantiza que el caso no prescriba con el paso del tiempo.
Durante una audiencia reciente, el ente acusador explicó que esta calificación implica que el homicidio se considera de la “mayor gravedad” y que será tratado con los mismos estándares internacionales aplicados a otros magnicidios ocurridos en Colombia, como los de Luis Carlos Galán y Álvaro Gómez Hurtado.
Según informó un medio nacional, la Fiscalía imputó cargos por homicidio agravado a cuatro personas vinculadas al ataque: alias “el Costeño”, señalado como determinador material; alias “Claro”; alias “Andrea” o “Gabriela”, quien habría entregado el arma al menor de edad que disparó; y Cristian Camilo González, conductor de la motocicleta utilizada para la huida. William Fernando González, alias “el Hermano”, también fue formalmente vinculado al proceso.
“Este crimen debe ser catalogado como crimen de lesa humanidad, según los estándares del Derecho Penal Internacional. No fue un ataque aislado, sino sistemático contra un líder de la oposición. Querían afectar a un partido político: el Centro Democrático”, afirmó el abogado Víctor Mosquera, representante de la familia Uribe Turbay.
Aunque el término “magnicidio” no está contemplado en el marco legal colombiano, la Fiscalía subrayó que ello no disminuye la gravedad del hecho. Además de los cargos por homicidio agravado, dos de los detenidos fueron imputados por concierto para delinquir, por presunta organización criminal con fines delictivos. Las penas previstas para estos delitos van de 33 a 50 años de prisión.
El informe judicial advierte que, hasta el momento, no se ha identificado quién dio la orden del ataque. La sociedad colombiana exige que se esclarezca la autoría intelectual y se haga justicia.
¿Qué es un crimen de lesa humanidad?
En Colombia, un crimen de lesa humanidad es una conducta grave cometida como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil, independientemente de que exista o no un conflicto armado. Incluye actos como asesinatos, desapariciones forzadas, torturas, desplazamientos, violencia sexual y persecución por motivos políticos, étnicos, religiosos o de género.
Estos delitos no prescriben y se basan en la definición establecida por el Derecho Internacional, especialmente el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, del cual Colombia es Estado parte.
Elementos clave que lo diferencian de un crimen común:
Intención: buscan dañar a un grupo específico, muchas veces por razones políticas, como en este caso, donde se habría atacado directamente a un líder del Centro Democrático y, por extensión, a sus seguidores.
Contexto: forman parte de un ataque sistemático contra civiles.
Magnitud: implican actos graves y múltiples con consecuencias a gran escala.
